jueves, 15 de agosto de 2013

Van por limpia de comisionados del SNTE las Leyes Secundarias de la Reforma Educativa

 rocío arenas

El presidente Enrique Peña Nieto envió a la Cámara de Diputados las famosas y esperadas leyes secundarias de la Reforma Educativa que, erradica los privilegios que tienen los comisionados del sindicato, entre otras sorpresas. Estas, al menos para mi, significan una Ley de Herodes muy bien diseñada porque deja totalmente acotado al SNTE, esto quiere decir que la verdadera fuerza del SNTE radicaba en la maestra Elba Esther, claro que sin menospreciar a mi amigo Juan Díaz de la Torre, pero las leyes secundarias eso dicen, si no,  chequen esto: "La primera ley citada cierra la puerta a los comisionados sindicales que cobran como profesores con grupo. Determina que las personas que acepten el desempeño de un empleo, cargo o comisión no educativa, como lo que sucede en el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), deberán separarse del servicio profesional docente, sin goce de sueldo.Todo el personal que se encuentra como asesor técnico pedagógico -una de las opciones de comisionados- se reintegrará a la función docente y tiene prohibido desempeñar funciones administrativas. Incluye que los maestros y personal de dirección o de supervisión que se encuentren en el nivel educativo básico o medio superior y no asistan a laborar por más de tres días consecutivos o discontinuos en el mes serán separados del cargo “sin responsabilidad para la autoridad educativa o para el organismo descentralizado y sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes”. Destaca que las evaluaciones son obligatorias y periódicas. Los profesores que se nieguen a ser evaluados o quienes tengan resultados insuficientes en sus pruebas serán separados del cargo. Para el ingreso a una plaza docente, el maestro estará sujeto a un periodo de inducción con duración de dos años ininterrumpidos, lapso en el que contará con un tutor. “Al término del periodo de inducción, la autoridad educativa o el organismo descentralizado evaluará al docente para determinar si en la práctica favorece el aprendizaje de los alumnos y, en general, si cumple con las exigencias propias de la función docente”, añade. “En caso de que el personal incumpla el periodo de inducción, con la obligación de evaluación o cuando en ésta se identifique su insuficiencia en el nivel de desempeño de la función docente, se darán por terminados los efectos del nombramiento", determina. De tal forma que la SEP toma el control de todo, absolutamente de todo...

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