SNTE: LA LEY VIGENTE EN 2013
Wenceslao Vargas Márquez*
Tema de
abogados (pues no parece ser tema de sindicalistas), el tema de la permanencia
en el empleo para el magisterio nacional sigue siendo materia de discusión para
pocos y es curioso que para las dirigencias del SNTE el tema está cerrado: se
aceptó la afirmación política del gobierno de que todos los maestros debemos ir
a evaluación para permanecer en el empleo cuando la ley federal escrita y
vigente aún en este 2013 dice distinto.
Otro tema
aceptado políticamente sin discusión es que el SNTE no pueda proponer ya ningún
candidato a plazas magisteriales vacantes. Considero que esta facultad del SNTE
sigue perfectamente legal porque la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio
del Estado (LFTSE) sigue escrita, sin modificaciones y vigente en todos sus
términos. En sentido contrario, el dirigente nacional Díaz afirma otra cosa.
En entrevista
reciente distribuida en cuatro partes y hecha pública en la primera semana del
actual junio, dijo indebidamente en pretérito:
“Me parece
importante aclarar primero, que por ley el Sindicato como tal, tenía (sic) la posibilidad en términos
legales de proponer el 50 por ciento de las plazas de nueva creación --aclaro
las plazas de nueva creación--, y el otro 50 por ciento lo tenía la autoridad.
Por ello no
era una ilegalidad. El Sindicato buscaba apoyar como existe en muchas otras
vocaciones, como los ingenieros o los abogados, a las familias que compartían
las vocaciones. Las propuestas que el Sindicato hacía en relación a los hijos o
los familiares de los maestros era con esa característica, pero además
cubriendo el perfil que está establecido en la Ley para que alguien pudiera
acceder a una plaza”.
El art. 62 de
la Ley Federal citada dice que el SNTE puede proponer candidatos a plazas
vacantes. Transcribo: “Las plazas de
última categoría de nueva creación o las disponibles en cada grupo, una vez
corridos los escalafones respectivos con motivo de las vacantes que ocurrieren,
y previo estudio realizado por el titular de la dependencia, tomando en cuenta
la opinión del sindicato, que justifique su ocupación, serán cubiertas en un
50% libremente por los titulares y el restante 50% por los candidatos que
proponga el sindicato”.
Añadió el
dirigente nacional del SNTE: “A partir del 2008, el Sindicato propuso en el
marco de la Alianza por la Calidad de la Educación, dejar ese 50 por ciento, y
ponerlo en la mesa. Le dijimos a la SEP, pongan su 50 por ciento y vayamos a
concurso.
Por ello
desde 2008 no hay ni herencia, ni venta de plazas que el Sindicato esté
propiciando. Y este proceso ya quedará establecido en la Ley del Servicio
Profesional Docente; el Sindicato lo propuso ya no se heredan más las plazas”.
Bien, pues
renunciar a un derecho es ilegal. Sostengo que legalmente el sindicato tiene
aún en junio de 2013 la facultad de proponer candidatos a vacantes pues la
declinación de un derecho es ilegal según el art. 10 de la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado: “Son irrenunciables los derechos que la
presente ley otorga”.
Otros
artículos vigentes y que se siguen aplicando hasta el día de hoy son el 42 que
marca la fecha de pago de aguinaldos, el 43 que reglamenta entre otras cosas
los permisos, el 46 y 46 bis que marca las infracciones administrativas y el
modo de proceder ante causales de cese.
¿Por qué
estos artículos siguen vigentes y el 62 ya no sirve o no existe o “fue borrado”
(sic)? ¿estas consideraciones fueron tratadas por los Jueces Sexto y Séptimo
de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región con residencia en Cholula,
Puebla, cuando sobreseyeron los amparos magisteriales 379/2013 y 03/2013-II en
contra de la reforma educativa durante la primera semana de este junio que
comienza?
¿Por qué este
tema jurídico de sostenerse en la protección de la LFTSE no está en la agenda
sindical durante el debate por la ley secundaria de la reforma educativa?
Son preguntas
que suponemos es pertinente debatir.
*SNTE
Sección 32 Opción Institucional
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